CONTAMINACION GENETICA de alimentos
La presencia de semillas transgénicas en cultivos tradicionales y ecológicos constituye un tipo de CONTAMINACION GENETICA de alimentos que analizan ya numerosos expertos
Desde que los organismos modificados genéticamente (OMG) y los transgénicos fueran desarrollados e introducidos en los mercados hace ya más de una década, como resultado de una biotecnología avanzada en la que la mayor duración del producto o su mayor resistencia a las plagas suponía un claro beneficio añadido, han sido muchas las voces que se han levantado en contra. Alegan razones como la falta de investigaciones independientes que garanticen su seguridad o el efecto perjudicial sobre el entorno en el que se cultivan.
Fuente: consumer.es (14 de diciembre de 2007)
Autor: MAITE PELAYO
Mientras la Comisión Europea mantiene una actitud favorable a su progresiva introducción, siempre siguiendo unos estrictos protocolos y unas rigurosas evaluaciones sanitarias que avalen su seguridad, grupos como Ecologistas en Acción, Greenpeace o Veterinarios sin Fronteras, entre otros, denuncian la presencia irregular de OMG en la alimentación, a la vez que reclaman mayor transparencia y protección legal.
A los ya conocidos posibles perjuicios que sus detractores atribuyen a este tipo de productos, como alergias provocadas por la introducción de genes ajenos al producto, toxicidad inducida en las plantas, resistencia a los antibióticos provocada por OMG resistentes o presencia de residuos tóxicos derivados de los tratamientos con herbicidas, todos relacionados con la seguridad alimentaria del producto, existirían otros medioambientales derivados del efecto nocivo en el entorno.
CONTAMINACION GENETICA entre cultivos
Uno de estos efectos negativos es la CONTAMINACION GENETICA de otros cultivos, tema que acaba de dar nombre a las jornadas ‘CONTAMINACION GENETICA : la imposible coexistencia’, celebradas recientemente en Sevilla coincidiendo con la III Conferencia Internacional de Coexistencia OMG, organizada por la Comisión Europea. En ellas se ha debatido sobre la aparición de semillas y plantas MG en cultivos tradicionales e incluso ecológicos debido a la dispersión del polen de plantaciones transgénicas más o menos cercanas. En el caso de los cultivos ecológicos este tipo de CONTAMINACION GENETICA puede suponer además la pérdida de su distintivo.
En España ya han sido denunciados casos en Aragón, Cataluña y Albacete. La solución de la industrias agrobiotecnológicas sería la producción de ‘semillas suicidas’, es decir, que una vez desarrolladas están programadas para autodestruirse, con lo que se evitaría la CONTAMINACION GENETICA de otros cultivos, aunque obligaría al agricultor a adquirirlas cada temporada al propietario de la patente. Para los expertos, sólo la creación de Zonas Libres de Transgénicos (espacios en los que los transgénicos no tienen cabida) atajaría el problema.
Estos grupos denuncian además que, debido a que un porcentaje muy elevado de transgénicos se destina a la alimentación animal, la ley actual de OMG resulta insuficiente porque no exige el etiquetado de la carne y productos de origen animal (leche, huevos o quesos, entre otros) que provienen de animales que han sido alimentados con piensos y granos modificados genéticamente. Reclaman, en definitiva, el derecho del consumidor a elegir o no libremente y con conocimiento el consumo de un OMG, hecho que, aseguran, no se produce ni en el caso de las contaminaciones genéticas de plantas, ni en el de alimentos procedentes de animales alimentados con OMG.
Tecnología transgénica
Lo cierto es que la tecnología transgénica y su aplicación alimentaria están en plena evolución: en abril 2004 la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA, en sus siglas inglesas) recomendaba la retirada de las variedades de maíz Bt 176 (con un gen de resistencia a la ampicilina). En pocos días, la Agencia de Seguridad Alimentaria Española publicaba una decisión en el mismo sentido que obligaba a revocar su autorización en España a partir de diciembre 2004.
En el informe se expresaba que el Comité Científico había «evaluado los riesgos potenciales que podrían asociarse al uso de determinados marcadores de resistencia a antibióticos». Aun considerando que la transmisión de resistencias resulta altamente improbable para todos los marcadores estudiados, el Comité recurrió al ‘Principio de Precaución’ y consideró la cuestión desde la óptica de la utilidad terapéutica actual y futura de los antibióticos frente a los cuales, «aun muy improbablemente, podrían inducirse resistencias».
Para algunos es la prueba de que esta variedad de maíz no tenía que haber sido nunca aprobada; para otros significa que los mecanismos de seguridad alimentaria en el campo de los transgénicos funcionan. No es la primera vez que la EFSA recomienda retirar un producto alimentario, bien sea un transgénico o de otra naturaleza, como el reciente caso del colorante E-128.
CORTAR Y PEGAR
En los organismos modificados genéticamente (OMG) o transgénicos el material genético (ADN) ha sido alterado de manera artificial mediante técnicas que permiten transferir genes seleccionados de un organismo a otro, incluso entre especies no relacionadas.
Se trata de «cortar y pegar» genes creando nuevas variedades en las que se recombina artificialmente material genético que nunca se juntaría de manera natural.
El objetivo principal del desarrollo de organismos vegetales sobre la base de estos organismos es aumentar la protección de los cultivos mediante la introducción de resistencia a enfermedades causadas por insectos o virus o mediante una mayor tolerancia a los herbicidas.
Actualmente, los cultivos de transgénicos se concentran en soja (60% del total de este tipo de cultivos), maíz (23%) algodón (11%) y colza (6%). De ellos, un porcentaje muy elevado se utiliza para la alimentación animal.
La nueva normativa europea reflejada en el Reglamento 1829/03 de 22 de septiembre de 2003, sobre alimentos y piensos modificados genéticamente (DO L 268 del 18/10/03) y el Reglamento 1830/03 de 22 de septiembre de 2003, relativo a la trazabilidad y al etiquetado de organismos modificados genéticamente y a la trazabilidad de los alimentos y piensos producidos a partir de éstos, y por el que se modifica la Directiva 2001/18/CE, introduce nuevas obligaciones de etiquetado y trazabilidad de los OGM: informar al consumidor cuando se comercializa un OMG o derivado; obligar a la trazabilidad en todos los eslabones de la cadena; etiquetar incluso si no contienen ya trazas de ADN ni de proteína derivada de la modificación genética, así como los piensos; y fijar un umbral de presencia para el etiquetado de 0,9% frente al 1% anterior.
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